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16 ABRIL

LEGISLACIÓN NORMATIVA

Bolivia: Gobierno fija plazo de tres meses para instalar venta de etanol en surtidores para vehículos flex fuel

Bolivia: Gobierno fija plazo de tres meses para instalar venta de etanol en surtidores para vehículos flex fuel

“Cuando uno vaya a la estación de carguío, va a tener venta de gasolina, pero también va a tener su distribuidor de etanol”, explicó el viceministro de Política Tributaria.



Después de la aprobación del decreto supremo 5142 para incentivar la importación de vehículos eléctricos y flex fuel, desde el Gobierno nacional proyecta que en un lapso máximo de tres meses se concrete la venta de etanol en surtidores para vehículos flex fuel.

Así lo reflejó el viceministro de Política Tributaria, Jhonny Morales, al referir que la labor estará bajo la tuición de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), que incorporará cargadores de venta de etanol en las estaciones de servicio para este tipo de motirzados.

“Estamos ya instruyendo a Yacimientos que vaya incorporando en las estaciones los cargadores para la venta de etanol; es decir, nosotros esperamos que, de aquí a 60 - 90 días, cuando uno vaya a la estación de carga, va a tener venta de gasolina, pero también va a tener su distribuidor de etanol”, reportó la autoridad en entrevista con el aparato de comunicación estatal.

La disposición transitoria segunda del decreto indica que, transcurridos noventa días calendario, YPFB por sí mismo o a través de empresas debidamente autorizadas por la ANH implementará progresivamente la comercialización del combustible flex fuel, previo análisis de viabilidad técnica, económica, financiera y legal.

Según el reporte, transitoriamente, los vehículos con tecnología flex fuel importados se aprovisionarán con gasolina de alto octanaje (igual o mayor a 95 octanos) y posteriormente con combustible flex fuel, lo cual será registrado y controlado mediante el programa informático B-SISA, conforme la información del RUAT.

El viceministro explicó que, actualmente, el parque automotor del país no cuenta con vehículos flex fuel y se espera tener este tipo de motorizados con los incentivos fijados en el decreto.

Tal decreto incentiva la importación de este tipo de vehículos con 0% de gravamen arancelario y 0% de Impuesto al Consumo Específico (ICE), que en números significa casi entre un 15% a 20% menos en valor del motorizado.

Para su locomoción, los vehículos flex fuel pueden utilizar el 100% de aditivo de origen vegetal; es decir etanol, pero también pueden soportar 85% de etanol y 15% de gasolina o 70% de etanol y 30% de gasolina, es decir que son “flexibles”.

La normativa fue materializada en cumplimiento al acuerdo de 10 puntos que el Gobierno nacional y los empresarios privados suscribieron en febrero de este año, con la finalidad de impulsar la productividad y fomentar la generación de divisas para el país.

Publicado: 16 de abril de 2024

Fuente: Canal Rural - Unitel

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